Idioma: ES

Becas para Pregrado en la Escuela

El estudiante de cada programa con el mayor promedio acumulado, obtendrá una beca del 100%.

La beca es asignada al inicio de cada período académico regular y dependiendo del cumplimiento de las condiciones de la beca, ésta puede ser adjudicada a un mismo estudiante en varios períodos académicos.

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Objetivos

La Universidad Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito ofrece becas semestrales a todos sus estudiantes, con el objeto de reconocer y estimular la excelencia en el desempeño académico y valorar sus condiciones de calidad humana y formación integral. Número de becas

El número total de becas de Excelencia Académica que la Escuela otorga en cada período académico, es el doble del número de programas de pregrado a los cuales el Consejo Directivo les ha aprobado el otorgamiento de este tipo de becas.

La distribución de las becas entre los programas académicos de pregrado se hace de manera proporcional al número total de estudiantes en cada programa, en el período académico regular inmediatamente anterior al período en el que se adjudican, siguiendo el siguiente procedimiento (ver anexo):

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  • El número mínimo de becas por programa es de una beca y por lo tanto inicialmente se asigna una beca a todos los programas.
  • Para la repartición proporcional del número restante de becas, se aplica la metodología adaptada del método de cociente y residuo, determinando el cociente por el método de Hare.


Monto de las becas

  • Monto total por semestre académico: El monto máximo de las becas de excelencia por periodo académico, no podrá superar el 0,35% del ingreso neto de las matrículas de pregrado del período en el que se entrega la beca.
  • Monto individual por estudiante: Para el estudiante de cada programa con el mayor promedio acumulado, el monto de la beca será del 100%. Para los demás becados del programa se asignará un porcentaje del 50% del valor neto de la


Condiciones de la beca

La beca es asignada al inicio de cada período académico regular por el Consejo Directivo, con el aval del desempeño académico dado por el Consejo Académico. Dependiendo del cumplimiento de las condiciones de la beca, esta puede ser adjudicada a un mismo estudiante en varios períodos académicos.

Calidades de los candidatos

El Consejo Directivo podrá otorgar la beca de Excelencia Académica a los estudiantes que cumplan con las siguientes condiciones:

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  • Tener un promedio acumulado mayor o igual a cuatro coma veinticinco (4,25).
  • Tener un promedio del semestre inmediatamente anterior igual o superior a cuatro coma veinticinco (4,25).
  • No haber perdido ninguna asignatura de su plan de estudios durante su permanencia en la institución.
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  • No haber recibido sanciones disciplinarias.
  • Haber cursado tres (3) semestres consecutivos en la Institución.
  • Tener concepto favorable del Decano y del Consejo Académico.


Procedimiento para la adjudicación de las becas

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  • El Decano de cada programa selecciona los estudiantes que cumplan con las condiciones anteriormente citadas.
  • En el caso de que el candidato sea beneficiario de otro tipo de beca de la Escuela, esta será remplazada para ese período por la Beca de Excelencia Académica, considerándose esta última una distinción académica de orden superior.
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  • El Decano presenta ante el Secretario General los nombres de los candidatos, quien verifica el cumplimiento de las condiciones académicas y presenta a consideración del Consejo Académico las correspondientes candidaturas.
  • Los candidatos recomendados por el Consejo Académico son presentados al Consejo Directivo. Una vez estudiada y aprobada la beca por el Consejo Directivo de la Escuela, el Secretario General, notifica al estudiante de la decisión.
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  • La Vicerrectoría Administrativa se encarga de hacer la devolución del dinero pagado por los derechos de matrícula para ese período académico.
  • El diploma que certifica la distinción de la beca es entregado en ceremonia especial.


Secretaría General

Agosto de 2019.

Última actualización de la política de Becas de Excelencia Académica: Consejo Directivo, Acta 434 del 6 de agosto de 2019. Rige para las becas que se otorguen a partir del segundo período académico de 2019.