▼▲ Capítulo I / De los Usuarios
Capítulo I/ De los Usuarios/ Artículo 1º
Son usuarios de la Biblioteca:
Los usuarios internos:
Los usuarios externos:
Aquellas personas pertenecientes a otras instituciones con las cuales se tengan establecidos convenios, previa presentación de la carta con las firmas y sellos correspondientes y el carné vigente que los acredite como miembros de dicha Institución.
▼▲Capítulo II/ De las Colecciones
Capítulo II/ De las Colecciones/ Artículo 2º
La biblioteca tiene a disposición de los usuarios las siguientes colecciones:
GENERAL:libros, monografías y material bibliográfico en todas las áreas del conocimiento. Tiene préstamo externo según perfil del usuario.
REFERENCIA:material bibliográfico de consulta rápida como lo son atlas, diccionarios, directorios, enciclopedias, manuales, catálogos.
RESERVA:libros de colección general, que por su alto volumen de consulta o textos únicos, requieren de una condición especial de préstamo, con el objetivo de garantizar su disponibilidad para un mayor número de usuarios.
TESIS:trabajos de grado y monografías realizados por los estudiantes y docentes.
MEMORIA ECI:producción académica y científica de la Escuela Colombiana de Ingeniería.
NORMAS:normas emanadas por los organismos nacionales e internacionales.
HEMEROTECA:publicaciones seriadas en forma impresa o electrónica (revistas, boletines, periódicos, etc.)
AUDIOVISUALES:videos en sus diferentes formatos.
▼▲Capítulo III/ De los Servicios
Capítulo III/ De los Servicios/ Artículo 3º
La Biblioteca presta los siguientes servicios:
Préstamo externo de material bibliográfico de acuerdo al tipo de colección y perfil de usuario.
Préstamo en sala: consulta de material dentro de la Biblioteca.
Préstamo Interbibliotecario a nivel local o nacional, siguiendo la normatividad existente de la biblioteca prestataria.
Acceso a bases de datos referenciales o textuales en diferentes áreas del conocimiento.
Elaboración de bibliografías previa evaluación de solicitud.
Servicio de Alerta: envío de tablas de contenido de revistas a través de correo electrónico a docentes según su interés de información. (se requiere inscripción por parte del docente).
Obtención de documentos: intercambio de fotocopias de Artículos de revistas, o capítulos de libros que no se encuentran en la colección, con las instituciones con las cuales la Biblioteca tiene establecidos convenios.
Inducción a Biblioteca: orientación sobre los servicios que ofrece la Biblioteca y la forma de acceder a ellos.
Formación de usuarios: se capacita a los usuarios sobre el uso de las herramientas para la búsqueda y recuperación de información.
Cartas de presentación generadas a solicitud del usuario para la consulta en las bibliotecas con las cuales se tiene convenio.
Servicios en línea: consulta del catalogo, bases de datos y otros recursos electrónicos.
Servicios complementarios: videoteca, salas de estudio en grupo, préstamo de equipos.
Buzón de sugerencias: a través de la página web o en el correo electrónico bibliote@escuelaing.edu.co
▼▲ Capítulo IV / Del Préstamo
Capítulo IV/ Del Préstamo/ Artículo 4º
MODALIDADES DE PRÉSTAMO
La Biblioteca tiene las siguientes modalidades de préstamo:
Préstamo Externo: facilita el material bibliográfico al usuario para que sea consultado fuera de la biblioteca.
Préstamo Interno: facilita el material bibliográfico al usuario para que sea consultado única y exclusivamente dentro de la biblioteca.
Préstamo Interbibliotecario: facilita el material para préstamo externo con las instituciones con las cuales la Biblioteca tenga convenios establecidos.
Capítulo IV/ Requisitos para el préstamo de material bibliográfico/ Artículo 5º
Para Usuarios Internos: la presentación del carné actualizado y en buen estado.
Para Usuarios Externos: la existencia del convenio suscrito por las partes y presentación del carné actualizado.
PARÁGRAFO 1
El carné es personal e intransferible.
PARÁGRAFO 2
Para seguridad del usuario, una vez se informe a la Secretaría General la pérdida del carné, debe reportarlo directamente a la Biblioteca con el fin de bloquear el préstamo de material en su cuenta.
PARÁGRAFO 3
Para acceder al préstamo externo y al préstamo Interbibliotecario, los usuarios deberán estar a Paz y Salvo.
Capítulo IV/ Política de Préstamo/ Artículo 6º
El régimen de préstamo se establece según la tipología de las colecciones así:
Colección General: Los estudiantes de pregrado podrán solicitar en préstamo este material por un término de cinco (5) días calendario y los estudiantes de especialización por ocho (8) días calendario. El personal docente y los estudiantes de maestría podrán solicitar material en préstamo por quince (15) días calendario. Los egresados por tres (3) días. Los libros de literatura se prestarán por 15 días calendario.
Colección de Referencia: el material de esta colección se presta únicamente para consulta en la sala de la Biblioteca. No tiene préstamo externo
Colección de Reserva: este tipo de material se presta a estudiantes y personal docente, a partir de las 4:00 p.m. de lunes a viernes y los sábados a partir de las 12m. Deben ser entregados antes de las 9:00 a.m. del siguiente día hábil.
Colección de Tesis: el material propio de esta colección se prestará de un día para otro.
Colección Memoria ECI: los usuarios podrán solicitar en préstamo el material por cinco (5) días.
Colección Normas: este tipo de material se presta de un día para otro.
Colección de Hemeroteca: el material propio de esta colección no tiene préstamo externo, solo podrá ser consultado en sala.
Colección de Audiovisuales: se prestará una unidad bibliográfica por el término de un (1) día.
Colección de CD`s y DVD: se prestará una unidad bibliográfica por el término de un (1) día.
El régimen de préstamo se establece según el perfil de usuario:
Al estudiante de pregrado, estudiante de especialización y personal administrativo se le prestarán seis (6) unidades bibliográficas así:
Dos (2 )libros pertenecientes a la colección general, normas, memoria institucional
Un (1 ) libro de reserva
Un (1) mapa o plano
Un (1 )video
Un (1) CD-ROM
Al personal docente y estudiantes de maestría se les prestarán máximo diez (10) unidades bibliográficas.
Al egresado se le prestará dos (2) unidades bibliográficas por el término de tres (3) días calendario.
Capítulo IV/ Préstamo Interbibliotecario/ Artículo 7º
Se prestarán tres (3) unidades bibliográficas por un máximo de cinco (5) días calendario.
Capítulo IV/ Renovación del Préstamo/ Artículo 8º
A excepción del material de reserva, la renovación se podrá solicitar hasta tres (3) veces, siempre y cuando el material no esté reservado por otro usuario. Luego de ser entregado el libro después de la renovación, no podrá solicitarse nuevamente en préstamo antes de siete (7) días calendario.
Capítulo IV/ Reserva de Material/ Artículo 9º
Todo material bibliográfico puede ser reservado personalmente o a través del catálogo en línea de la Biblioteca. El material quedará reservado por tres (3) días hábiles. Una vez vencido en término, si el libro no ha sido reclamado, se cancelará la reserva.
Capítulo IV/ Límites para el préstamo y devolución de materiales/ Artículo 10º
La solicitud de préstamo y la devolución de materiales bibliográficos se harán personalmente en el Área de Circulación y Préstamo.
PARÁGRAFO 1
No se podrá solicitar más de un ejemplar de la misma obra.
PARÁGRAFO 2
Es obligación informar al Auxiliar de Servicios, cuando el material se encuentra en mal estado.
PARÁGRAFO 3
El usuario se hará responsable de los préstamos que se registren bajo su carné.
PARÁGRAFO 4
Toda mora del usuario con la Biblioteca es impedimento para acceder al préstamo externo, Interbibliotecario y cartas de presentación a otras bibliotecas.
▼▲ Capítulo V / De la Estantería Abierta
Capítulo V/ Estantería Abierta/ Artículo 11º
Disposición de las colecciones que permite a los usuarios del sistema, tener acceso directo al material bibliográfico disponible en Biblioteca.
Los puestos de trabajo en un ambiente de estantería abierta son solo para lectura individual.
Los usuarios ingresarán a estos ambientes portando sólo papel, lápiz o lapicero y deberán dejar cualquier otro elemento en el casillero. Cualquier otro material debe ser autorizado por la Biblioteca.
La Biblioteca no asume ninguna responsabilidad directa o indirecta por objetos, joyas, dinero o equipos electrónicos que se encuentren en sus respectivos bolsos y maletas.
El tiempo de servicio del casillero por usuario es de tres (3) horas.
▼▲Capítulo VI / De la Sala Virtual
Capítulo VI/ De la Sala Virtual/ Artículo 12º
El servicio permite a los usuarios tener acceso a la información a través de Internet, bases de datos y revistas electrónicas con fines educativos y de investigación.
El préstamo de los computadores de esta sala es de hora y media por día para cada usuario.
El uso y acceso a los equipos quedará limitado a un solo usuario por turno.
No está permitido usar programas de comunicación entre usuarios (Chat, IRC, Messenger o cualquier otro).
▼▲ Capítulo VII /De la Sala Audiovisual
Capítulo VII/ De la Sala Audiovisual/ Artículo 13º
Es el servicio que ofrece al usuario, el préstamo de material y uso de Televisores y DVD´s para observar videos, películas y documentales en Biblioteca.
El préstamo de los equipos de esta sala es de hora y media por día para cada usuario.
El usuario es responsable de los materiales y equipos que utiliza en el tiempo que dure su turno.
▼▲ Capítulo VIII / De las Salas de Estudio en Grupo
Capítulo VIII/ De las Salas de Estudio en Grupo/ Artículo 14º
Es el servicio que permite hacer uso de salas de estudio grupal para realizar actividades académicas.
El tiempo máximo de uso es de una hora y media por día. Podrán hacer uso de ellas todos los usuarios que necesitan trabajar en grupos de cuatro (4) a ocho (8) personas.
Un usuario se responsabiliza por el grupo dejando su carné.
▼▲ Capítulo IX / De los Deberes y Derechos de los Usuarios
Capítulo IX/ De los Deberes y Derechos de los Usuarios/ Artículo 15º
Los DERECHOS de los usuarios de la Biblioteca son:
Recibir información actualizada y permanente sobre la organización, servicios y usos de la biblioteca.
Disponer de la tecnología adecuada para el uso de los recursos existentes.
Recibir cursos de inducción y capacitación para el aprovechamiento de los recursos.
Contar con un ambiente adecuado para el estudio y la investigación.
Recibir en forma amable y oportuna solución a sus solicitudes, sugerencias e inquietudes.
Disponer de colecciones y servicios acordes con sus necesidades de información.
Ser parte de mejoramiento de la biblioteca a través de sus sugerencias.
Obtener el Paz y Salvo para los efectos administrativos y académicos a que haya lugar.
Capítulo IX/ De los Deberes y Derechos de los Usuarios/ Artículo 16º
Los DEBERES de los usuarios de la Biblioteca son:
Respetar el orden y silencio de las salas de lectura y consulta de la Biblioteca.
Conocer el Reglamento y las normas vigentes para el buen funcionamiento de la Biblioteca.
Dar un trato amable y respetuoso al personal de la Biblioteca.
No ingerir alimentos ni bebidas, no fumar ni utilizar teléfonos celulares para conversar dentro de las instalaciones de la Biblioteca.
Preservar, cuidar y mantener en buen estado el material bibliográfico, enseres, equipo y dotación general de la Biblioteca.
Utilizar los equipos de cómputo con fines académicos.
Devolver el material en horario y fechas establecidas.
Evitar prestar el carné a terceros.
Dejar en los casilleros maletas, bolsos y demás objetos que no necesiten utilizar dentro de las salas de consulta.
Informar oportunamente la pedida del carné.
Dar aviso oportuno de la pérdida o deterioro del material que tenga en préstamo.
Evitar que otras personas usen su nombre de usuario, documento de identidad y contraseña del correo ECI, para acceder a servicios de la Biblioteca.
Acatar las sanciones que le sean impuestas y cumplir con las multas a que se haga acreedor.
Cumplir las normas establecidas en el reglamento de la Biblioteca y las demás de la Escuela.
▼▲ Capítulo X / De las Sanciones y Multas
Capítulo X/ De las Sanciones y Multas/ Artículo 17º
El incumplimiento en la devolución del material ocasionará el pago de la multa establecida por la Biblioteca.
El incumplimiento en el tiempo reglamentario para otros servicios ocasionará multa establecida por la Biblioteca.
Por la mora en la devolución del Préstamo Interbibliotecario se sancionará a la Biblioteca Solicitante con un día de suspensión de los servicios por cada día de mora y el pago de la multa correspondiente establecida por la Biblioteca.
El usuario de la Biblioteca de la ECI debe asumir la multa impuesta por la Biblioteca Prestataria por la demora en la devolución del material que le ha sido prestado.
Al cancelar la multa, el usuario se obliga a presentar en la ventanilla de Circulación y Préstamo de la Biblioteca, el recibo de pago expedido por la Caja de la Escuela para descargar la multa respectiva y activar nuevamente su cuenta.
Capítulo X/ Multas/ Artículo 18º
Pagará multa todo usuario regular que no devuelva los materiales bibliográficos en la fecha de vencimiento del préstamo así:
Colección de Reserva: por material, el 50% del salario mínimo diario legal vigente por cada día calendario de retraso.
Demás colecciones: el 10% por ciento de un salario mínimo diario legal vigente por cada día calendario de retraso y por cada material.
Préstamo Interbibliotecario: el 15% del salario mínimo diario legal vigente por cada material y por cada día calendario de retraso, sin perjuicio de las sanciones que imponga la Biblioteca Prestamista.
Para otros servicios: (casilleros, salas, equipos) el 10% del salario mínimo diario legal vigente por mora en el tiempo reglamentario.
Para cada período académico, la Dirección Administrativa y Financiera exigirá el Paz y Salvo para realizar la matricula a los estudiantes que tienen multas y/o libros pendientes con base en un listado remitido por la Dirección de la Biblioteca. Para los profesores y administrativos, la Dirección de Recursos Humanos solicitará a la Biblioteca, el Paz y Salvo para efectuar los trámites a que haya lugar en el momento de desvinculación laboral del funcionario.
Capítulo X/ De las Formas de Pago/ Artículo 19º
El usuario podrá optar por las siguientes formas de pago:
Consignación: el usuario podrá cancelar en efectivo el valor de la multa a su cargo, mediante consignación directamente en la Caja de la Escuela.
Trabajo: el usuario podrá cancelar el valor total o parcial correspondiente a la multa realizando trabajos de apoyo en la Biblioteca hasta completar el monto de la mora. Por una hora laborada en Biblioteca se reconocerá el 1% del salario mínimo mensual legal vigente. Si la multa es inferior a este monto, el usuario deberá trabajar como mínimo una (1) hora.
Libros: el usuario podrá cancelar el valor total o parcial de la multa presentando libros nuevos, o usados en buenas condiciones y ediciones actualizadas que temáticamente correspondan a las colecciones de Biblioteca. Se reconocerá el 6% del salario mínimo mensual legal vigente, por cada libro en reposición como pago de la multa.
Capítulo X/ Sanciones Disciplinarias/ Artículo 20º
Se consideran como faltas disciplinarias las siguientes:
Toda falsificación de documentos con el fin de tener acceso a los servicios de la Biblioteca, incluyendo la suplantación de la persona titular del documento válido como identificación, se sancionará mediante la suspensión del servicio de la Biblioteca por el resto del semestre, independiente de la sanción disciplinaria a que haya lugar.
Todo daño material e intencional de los recursos bibliográficos, equipos, muebles y enseres, se sancionará mediante la suspensión del servicio por un mes y se hará acreedor a las sanciones disciplinarias contempladas en el reglamento Estudiantil, sin exclusión de la reposición del material bibliográfico, equipo o muebles y enseres en perfecto estado.
La sustracción de material bibliográfico sin la correspondiente autorización se sancionará con la suspensión del servicio por el resto del semestre sin perjuicio de las sanciones disciplinarias a que haya lugar y sin exclusión de la devolución del material en perfecto estado.
Cuando un usuario pierda el material bibliográfico deberá reponer el mismo título y la última edición o uno similar según lo autorice la Dirección de la Biblioteca, con su factura respectiva. La pérdida debe ser reportada antes de la fecha de vencimiento de entrega del material y a partir de ésta se fijará un plazo máximo de quince (15) días para su reposición. Si vencido el plazo el material no ha sido restituido, se generará la respectiva multa a partir de esa fecha. Si el usuario reporta la pérdida del libro y devuelve el que forma parte de la colección de la biblioteca, debe asumir la multa generada desde la fecha de vencimiento a la fecha de entrega.
La alteración del orden en perjuicio de los demás, será reportada por la Dirección de la Biblioteca, quién informará a la Secretaría General, para las sanciones del caso.
▼▲ Capítulo XI / De las Generalidades
Capítulo XI/ Generalidades/ Artículo 21º
La Vicerrectoría Académica estudiará y dictará sobre situaciones que por su carácter de imprevistas, no están contempladas en este reglamento.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C, a los 26 días del mes de enero de 2.011.
El Vicerrector Académico,
Ricardo Salazar Ferro
